El pasado 30 de diciembre de 2020 el ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación procedió a suspender temporariamente la registración de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) para el producto maíz con fecha de inicio de embarque anterior al 1º de marzo de 2021.
El fundamento de ésta medida consiste en asegurar el abastecimiento del grano para los sectores que lo utilizan como materia prima en sus procesos de transformación durante los meses de verano, como ser para las producciones de carne de cerdo, pollo, huevos, leche y feedlot, representando el cereal un aspecto significativo de los costos.
Por otro lado, la reapertura de la posibilidad de exportar queda supeditada a la evolución de la oferta y la demanda, así como de las perspectivas de la cosecha de maíz 2020/2021.
Independientemente de la conveniencia o inconveniencia, y de la concreción del fin propuesto por éste medio, lo cierto es que para la empresa agropecuaria representa una decisión sorpresiva y negativa, la que se suma como un factor de riesgo más a los ya existentes (problemas climáticos, costos de producción para períodos venideros, etc.), además de las variaciones desfavorables que el contexto de emergencia sanitaria ha traído también para éste sector.
Es debido a la drástica e inesperada determinación que el productor agropecuario se siente desalentado e incapacitado para planificar tanto a corto como mediano plazo; y más aún en el contexto vivenciado a nivel social y económico, cuyas repercusiones se arrastran también en lo sucesivo; cuando diversos sectores empresariales han recibido ayudas estatales de toda índole, ésta fracción debió paliar las inconveniencias e incertidumbres con el sólo esfuerzo e intuición.
Pareciera ser el campo un enemigo de la economía del país, pesándole por siempre éste estigma, por lo que debe ser castigado con la imprevisión.

Habitualmente se hace hincapié en el fomento del diálogo con el propósito de alcanzar soluciones plurilaterales y equitativas, respetuosas de la propiedad y en un marco de seguridad jurídica. Pero justamente en el plano de lo fáctico advertimos que sólo una parte muestra disposición para ello. Es éste un nuevo acto de avasallamiento, el que podría haber sido evitado, así como también el descontento causado, mediante simples y concretas acciones: claridad, planificación, promoción y diálogo.
Autora: Dra. Melina B. Scimé



